La responsabilidad patrimonial es uno de los pilares fundamentales del Derecho Administrativo. Se trata de la obligación que tienen las Administraciones Públicas de indemnizar a los particulares por los daños y perjuicios que les hayan sido causados como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
¿Qué es el régimen de responsabilidad patrimonial?
El régimen de responsabilidad patrimonial se encuentra regulado en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Este régimen establece la obligación de las Administraciones Públicas de indemnizar a los particulares por los daños y perjuicios causados como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
La responsabilidad patrimonial puede derivar de actuaciones lícitas o ilícitas de las Administraciones Públicas, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley. Asimismo, el régimen de responsabilidad patrimonial contempla la responsabilidad solidaria de las Administraciones Públicas en caso de concurrencia de varias de ellas en la causación del daño.
¿Cuáles son los elementos de fondo?
Para que se pueda declarar la responsabilidad patrimonial de una Administración Pública, es necesario que se cumplan una serie de elementos de fondo. Estos elementos son los siguientes:
- Daño efectivo y evaluable económicamente: se debe probar que el daño sufrido por el particular es real y evaluable económicamente.
- Relación entre el funcionamiento del servicio público y el daño producido: se debe probar que el daño sufrido ha sido causado por el servicio público.
- Ausencia de fuerza mayor: la Administración Pública no será responsable si el daño producido ha sido consecuencia de un hecho que no le sea imputable.
- Culpa de la Administración: se debe probar que el daño sufrido por el particular ha sido causado por una actuación culposa de la Administración Pública.
¿Cómo se inicia el procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial?
El procedimiento administrativo se inicia mediante la presentación de una reclamación por parte del interesado. Esta reclamación debe presentarse por escrito y en ella se deben incluir los datos personales del reclamante, la identificación de la Administración responsable, una descripción detallada de los hechos y de los daños y perjuicios sufridos, así como la cuantificación económica de los mismos. Además, se deben aportar todos los documentos que se consideren relevantes para acreditar la existencia del daño y su relación de causalidad con la actuación administrativa. La Administración tiene un plazo máximo de seis meses para resolver la reclamación si no se ha notificado resolución expresa, se podrá entender desestimada la reclamación por silencio administrativo negativo.
¿Quién resuelve procedimientos responsabilidad patrimonial?
La Administración Pública competente en cada caso resuelve estos asuntos. Esta Administración inicia el procedimiento y también se encarga de valorar los daños y perjuicios sufridos.