Ahora que conocemos las prestaciones por contingencias comunes de los autónomos, podemos decir que son una importante fuente de apoyo para los trabajadores por cuenta propia. Estas prestaciones, gestionadas por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, pretenden cubrir la falta de ingresos que se produce cuando se está imposibilitado temporalmente para trabajar por haber sufrido un accidente no laboral o una enfermedad no profesional. Para ello, hay que cumplir una serie de requisitos y, una vez hayamos recibido la asistencia sanitaria, las mutuas nos cubrirán nuestras cuotas al RETA desde el día 60 hasta el día 545 de la baja. Además, a partir del cuarto día de baja, los autónomos también recibirán un subsidio que, si supera los 365 días, podrá prorrogarse en otros seis meses.