Con el objetivo de combatir el fraude fiscal, el Gobierno ha aprobado un Real Decreto que establece los requisitos mínimos para los programas informáticos de facturación electrónica. Esta normativa, con la que la Agencia Tributaria contó con la colaboración de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), entrará en vigor el 1 de julio de 2025. Los programas deberán permitir llevar una única contabilidad, además de modernizar la dotación digital de las pymes, microempresas y autónomos mejorando el cumplimiento tributario.
Los programas de facturación electrónica deberán contener los siguientes datos: número de identificación fiscal, nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a expedir la factura; número y serie de la factura; fecha de expedición de la factura y fecha en que se hayan efectuado las operaciones; tipo de factura; descripción general de las operaciones y el importe total; régimen o regímenes aplicados a las operaciones documentadas a efectos del IVA, o de otras operaciones con trascendencia tributaria.
Los productores y comercializadores de estos programas deberán contar con certificado de sus sistemas a través de una declaración responsable que asegure que el sistema cumple la normativa. ATA ha lanzado una página web, https://autonomoskitdigital.es/, para ayudar a los autónomos y empresas en el proceso de digitalización de su negocio, donde se aclara cuáles son las preguntas más frecuentes que surgen.